EL ABOGADO GENERAL DEL TJUE, Maciej Szpunar, ABRE LA POSIBILIDAD DE ANULAR LAS HIPOTECAS REFERENCIAS AL IRPH POR SU FALTA DE TRANSPARENCIA, pues considera que los jueces nacionales españoles pueden decidir sobre el carácter potencialmente abusivo del uso del índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH), porque la entidad bancaria podría haber acudido a otros índices de referencia -como el Euríbor- y no obligar a utilizar el IRPH. El letrado considera que «la fórmula matemática de cálculo» empleada por las entidades bancarias es «compleja y poco transparente para el consumidor».
Este índice se les impuso a los prestatarios adherentes en casi un millón de hipotecas españolas. Se pronuncia así respecto a una cuestión prejudicial del Juzgado número 38 de Barcelona, ante las dudas que le suscitaba la cuestión, después de que el Tribunal Supremo considerara que el índice de referencia IRPH no estaba comprendido en el ámbito de ampliación de la Directiva Europea al ser fijado por una disposición legal.
El dictamen del Abogados General del TJUE no es vinculante para el Tribunal, pero sí suele ser muy determinante; estadísticamente, en el 67% de las sentencias los magistrados del TJUE siguen los dictámenes de los abogados generales.
Se mantiene viva la vía de que miles de prestatarios adherentes que han venido abonando sus cuotas hipotecarias, referenciadas a ese índice IRPH (muy superior de media al otro índice más conocido como es el EURIBOR), puedan recuperar esos excesos y #abusosbancarios padecidos.
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