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8 febrero, 2024¡🫵🏻RECUPERA TU DINERO 💶!
La finalidad de un seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario es cubrir el importe pendiente de pago en caso de fallecimiento o invalidez de uno o todos los prestatarios. En consecuencia, si ocurre el lamentable suceso, la compañía aseguradora se encargará de pagar y cancelar el saldo restante del préstamo.
Nos surge la pregunta: ¿Qué ocurre realmente? ¿DÓNDE RADICA EL ENGAÑO O ABUSO? La respuesta es clara: se impone al cliente la contratación de un seguro con prima única al inicio del préstamo, financiando esta prima mediante un aumento en el capital prestado. En otras palabras, al momento de firmar la hipoteca, se carga al cliente el costo total del seguro, sin que este conozca las condiciones reales ni el verdadero valor del mismo, además de pagarlo con intereses durante toda la duración del préstamo.
Nuevamente las entidades financieras incurren en prácticas ilegales al imponer la contratación de seguros de vida o protección por impago de forma ilegal y abusiva, lo que resulta en la NULIDAD DE ESTOS CONTRATOS Y LA OBLIGACIÓN DE REEMBOLSAR AL CLIENTE LOS IMPORTES COBRADOS. Esto ha sido confirmado por numerosas sentencias que condenan a los bancos por alguna de este tipo de prácticas:
- a) No proporcionar información suficiente sobre las condiciones del seguro.
- b) Ofrecer seguros con costos muy superiores a los del mercado.
- c) No dar al cliente la opción de contratar el seguro anualmente para comparar ofertas.
- d) Al cliente, al cobrarle esa prima única inicial que se financia en el préstamo se le cobran intereses durante toda la vida del contrato.
- e) No ha intervenido ningún empleado de la entidad aseguradora que explique las condiciones de la póliza de seguro; y, no se ha realizado ningún tipo de control, cuestionario o examen médico a los prestatarios adherentes.
- f) En la mayoría de los casos, la compañía aseguradora pertenece al mismo grupo empresarial que el banco prestamista.
En resumen, en muchas ocasiones, el banco condiciona las condiciones del préstamo a la contratación de un seguro, supuestamente para obtener una rebaja en el interés, pero en realidad, este no existe. El tipo de interés aplicado al cliente es incluso superior al del mercado, ya que el capital del préstamo ha sido aumentado por la prima única del seguro.
Lamentablemente, en la contratación obligatoria de seguros, muchos bancos no han cumplido con sus obligaciones de información, transparencia y buena fe, lo que determina la nulidad de los contratos y el posible reembolso de los importes cobrados de manera indebida.
¿QUÉ NECESITAMOS PARA AYUDAROS EN LAS RECLAMACIONES PERTINENTES?
ESCRITURA DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO (y sus anexos, si los hubiere).
DOCUMENTACIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA.
RECIBO BANCARIO DE PAGO DEL SEGURO DE VIDA O PRUEBA DEL PAGO DE LA PRIMA ÚNICA
Esperando que la información haya sido de interés y utilidad, nos ponemos a vuestra disposición porque RECLAMAR LA NULIDAD DEL SEGURO DE VIDA PAGADO EN PRIMA ÚNICA DE SU HIPOTECA ES POSIBLE, cuente con nosotros porque contamos con contigo.
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